Misión de los Procuradores:
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¿Qué hacen? |
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Seguir el proceso, estar pendientes de
todos los pasos y tener informados al cliente y a su abogado.
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Responsabilizarse de todos los
trámites: recibe y firma los emplazamientos, citaciones,
notificaciones, etc.;
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Asiste a todas las diligencias y actos
necesarios del pleito. Todo ello en representación y a favor de su
cliente.
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Transmitir al abogado todos los
documentos e instrucciones que lleguen a sus manos.
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Pagar los gastos que se generen a
instancia del cliente y dar cuenta documentada de los mismos.
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La relación entre el tribunal y el
justiciable se realiza a través del Procurador
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¿A que está obligado un procurador? |
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A colaborar con los órganos
jurisdiccionales en la Administración de la Justicia.
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A defender con profesionalidad los
intereses de sus representados.
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A residir en su territorio o
demarcación judicial.
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A llevar documentalmente los datos
precisos sobre los negocios que le haya sido encargados.
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A representar a los litigantes sin
recursos económicos en los casos provistos por la ley.
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¿Cómo entrar en contacto con un
procurador? |
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En el colegio correspondiente previa
petición y selección por el interesado.
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Según las recomendaciones del propio
abogado.
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Por turno de oficio a requerimiento
del Juzgado.
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Un poder ante Notario o
ante el Secretario Judicial permite al procurador representar al
interesado. |