Misión de los Procuradores:

 

¿Qué hacen?
  • Seguir el proceso, estar pendientes de todos los pasos y tener informados al cliente y a su abogado.

  • Responsabilizarse de todos los trámites: recibe y firma los emplazamientos, citaciones, notificaciones, etc.;

  • Asiste a todas las diligencias y actos necesarios del pleito. Todo ello en representación y a favor de su cliente.

  • Transmitir al abogado todos los documentos e instrucciones que lleguen a sus manos.

  • Pagar los gastos que se generen a instancia del cliente y dar cuenta documentada de los mismos.

La relación entre el tribunal y el justiciable se realiza a través del Procurador

 

¿A que está obligado un procurador?
  • A colaborar con los órganos jurisdiccionales en la Administración de la Justicia.

  • A defender con profesionalidad los intereses de sus representados.

  • A residir en su territorio o demarcación judicial.

  • A llevar documentalmente los datos precisos sobre los negocios que le haya sido encargados.

  • A representar a los litigantes sin recursos económicos en los casos provistos por la ley.

 

¿Cómo entrar en contacto con un procurador?
  • En el colegio correspondiente previa petición y selección por el interesado.

  • Según las recomendaciones del propio abogado.

  • Por turno de oficio a requerimiento del Juzgado.

Un poder ante Notario o ante el Secretario Judicial permite al procurador representar al interesado.